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Seguro de Vida

La protección y tranquilidad para ti y tu familia la adquieres con Seguro de Vida Banorte.

Beneficios

Obtienes tranquilidad y garantizas la protección a tu familia.

  • Puedes contratarlo fácilmente en nuestra red de sucursales.
  • No requieres examen médico, basta con que llenes un simple cuestionario.
  • En caso de padecer una enfermedad terminal te otorgamos un anticipo del 25% de la Suma Asegurada contratada.
  • Con el Seguro de Vida Banorte estás protegido en caso de sufrir perdidas orgánicas ocasionadas por un accidente.
  • Si llegas a faltar por muerte accidental, tus beneficiarios podrán recibir del doble de Suma Asegurada contratada, o triple en caso de accidente colectivo.(1)(2)
  • No solo tus beneficiarios cuentan con un sustento económico en caso de un siniestro, te protegemos en caso de sufrir una Invalidez Total y Permanente, brindándote una Suma Asegurada para hacer frente a tus compromisos económicos y otorgándote un Seguro de Vida de forma vitalicia.(2)(3)

1) Accidente Colectivo: viajar como pasajero en cualquier vehículo público que no sea aéreo; accidente mientras se encuentre en un ascensor que opere para servicio público; accidente a causa de un incendio en teatro, hotel o edificio público. Consultar detalle y exclusiones en Condiciones Generales.
2) Coberturas opcionales.
3) Para poder hacer validos ambos beneficios se deben contratar las coberturas de Exención de Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente e Invalidez Total y Permanente.

 

Para mayores informes, comunícate al Centro de Contacto de Seguros Banorte, al 800-500-2500, disponible de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 7:00 p.m. y sábado de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

Descripción

Respalda económicamente a tu familia en caso de fallecimiento natural o accidental.

Vive con la tranquilidad que te concede proteger económicamente a tu familia en caso de que llegaras a faltar y garantiza que cuenten con el apoyo necesario en esta situación. Te ofrecemos un seguro con doble indemnización en caso de deceso por accidente; y a tus beneficiarios, la garantía de una puntual asistencia funeraria. Estamos contigo y tu familia desde el inicio de los trámites, hasta la conclusión del servicio funerario. 

Coberturas:

Si deseas conocer mayor detalle de las sumas aseguradas, consulta el Detalle de Coberturas.

  • Fallecimiento por cualquier causa. Se otorga a los beneficiarios la suma asegurada contratada, si el asegurado fallece por cualquier causa.
  • Muerte accidental. Se paga a los beneficiarios la suma asegurada contratada, si el asegurado fallece dentro de los 90 días posteriores a un accidente.
  • Asistencia funeraria. Brinda apoyo a los familiares en el momento que más lo necesitan durante la pérdida de un ser querido; este servicio asiste todos los trámites legales, coordinación de la velación, arreglos, traslados, servicio religioso, preparación del cuerpo y servicio funeral en general. 
  • Anticipo por Enfermedades Terminales Si se diagnostica un estado de salud terminal al asegurado, se le brindará el 25% de la suma asegurada contratada, a consecuencia de las siguientes enfermedades:
    • Infarto al miocardio
    • Accidente cardiovascular
    • Cáncer
    • Insuficiencia renal crónica
    • Cirugía de arterias coronarias
  • Anticipo por Gastos de Sepelio Se otorgará al beneficiario el anticipo del 10% de la suma asegurada contratada a consecuencia del fallecimiento del asegurado.
  • Pérdidas Orgánicas Si a consecuencia de un accidente*, el asegurado sufre una o mas pérdidas orgánicas, se le otorgará la suma asegurada de acuerdo a la siguiente tabla de indemnizaciones:**
Por la pérdida de: % de la suma asegurada
Ambas manos, ambos pies o la vista de ambos ojos 100%
Una mano y un pie 100%
Una mano y la vista de un ojo, o un pie y la vista de un ojo 100%
Una mano o un pie 50%
La vista de un ojo 30%
El dedo pulgar de cualquier mano 15%
El indice de cualquier mano 10%

*Se considera accidente cubierto, siempre y cuando las lesiones ocurran dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.

**Se cubren una o más perdidas orgánicas siempre y cuando no rebasen el límite de la Suma Asegurada contratada en Pérdidas Orgánicas

  • Accidente Colectivo El accidente*** colectivo se presenta cuando el fallecimiento accidental del asegurado se origina a causa de:
    • Accidentarse el vehículo en el que viajare como pasajero siempre y cuando dicho vehículo sea de servicio público, no aéreo.
    • Accidentarse el ascensor en el que viajare como pasajero, siempre y cuando dicho ascensor opere para servicio público.
    • Un incendio en cualquier teatro, hotel u otro edificio público.

***Se considera accidente cubierto, siempre y cuando el fallecimiento ocurra dentro de los 90 días siguientes a la fecha del accidente.

  • Pago de Suma Asegurada por Invalidez Total y Permanente Se pagará la suma asegurada contratada por la invalidez total y permanente del asegurado, la cual puede ser originada por un accidente**** o enfermedad, que le impida al asegurado realizar las actividades laborals de su trabajo, por un periodo de 6 meses continuos, a excepción de la pérdida de los siguientes casos que no tienen tiempo de espera:
    • La pérdida de la función de la vista de ambos ojos
    • La pérdida de ambas manos o de pies
    • La pérdida de una mano y un pie
    • La pérdida de una mano y la vista de un ojo
    • La pérdida de un pie y la vista de un ojo
  • Exención de Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente Si el asegurado sufre una invalidez total y permanente originada por un accidente**** o enfermedad, que le impida realizar las actividades laborales de su trabajo, por un período de 6 meses continuos, se le otorgará sin costro una póliza de Seguro de Vida con la Suma Asegurada contratada en la cobertuda básica.
    Quedan sin tiempo de espera los siguientes casos:
    • La pérdida de la función de la vista de ambos ojos
    • La pérdida de ambas manos o de ambos pies
    • La pérdida de una mano y un pie
    • La pérdida de una mano y la vista de un ojo
    • La pérdida de un pie y la vista de un ojo

****En el caso de invalidez por accidente, se considerará como tal si esta se presenta dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que ocurrió el accidente.

Preguntas Frecuentes

Si tienes dudas, acércate; con gusto las resolvemos.

¿Cuáles son las coberturas que me ofrece el Seguro de Vida?
Fallecimiento por muerte natural y muerte accidental.

¿Cuáles son los montos de la suma asegurada?
El monto mínimo es por 300 mil pesos y el máximo es por 4.5 millones de pesos.

¿Cuál es el límite de edad para poder contratar este seguro de vida?
Desde 18 años hasta 70 años de edad.

¿Cuánto cuesta el seguro?
El costo depende de diferentes factores a considerar, como suma asegurada, edad y género. Para mayor información, consulta el Detalle de Coberturas.

¿Cuáles son las coberturas opciones que me ofrece el seguro de vida?
Fallecimiento por accidente colectivo, Perdidas orgánicas, Invalidez Total y Permanente, Exención de Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente.

¿Qué incluye la asistencia funeraria?
Servicios necesarios para el sepelio del asegurado: trámites legales, servicio de tanatopraxia, féretro, servicio de cremación con urna incluida, salas de velación con arreglos florales, traslado del cuerpo y servicio religioso a cargo de un Ministro de culto indicado por el beneficiario y/o su familia.

Cómo Obtenerlo

Para iniciar tu solicitud, ubícanos , acude a la sucursal de tu preferencia y presenta:

  • Identificación oficial vigente con fotografía
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
  • A personas físicas con actividad empresarial se les solicita la cédula de identificación fiscal expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
¿Necesitas ayuda?

Estamos a tus órdenes en los siguientes medios de contacto:

Correo electrónico
Banortel:
81 8156 9600