Lista de Identificaciones Oficiales
Para facilitar tus trámites, a continuación te informamos el listado de identificaciones oficiales que puedes presentar mientras se encuentran con vigencia.
Identificación oficial vigente:
- Credencial de elector (INE/IFE) vigente, ó
- Pasaporte y cédula profesional (antigüedad no mayor a 10 años), ó
- Pasaporte y licencia de conducir vigente.
Las anteriores identificaciones aplican de acuerdo a las políticas que particularmente están establecidas para cada producto o servicio que se ofrece en el banco (Banorte e Ixe).
NOTA: Revisa tu credencial de elector. Si en los recuadros de atrás no hay un 18, debe ser renovada pues perderá su vigencia el 1 de enero de 2016. Si no tienen números atrás, hay que revisar en la parte de enfrente el año en que vencerá.
Identificación oficial para el caso de personas extranjeras
Para las personas extranjeras residentes o nacidas en Estados Unidos se acreditan como identificaciones oficiales las siguientes:
- Pasaporte vigente.
Para las personas nacidas en los Estados Unidos
- Licencia de conducir.
Para las personas residentes en los Estados Unidos:
- Licencia de conducir.
- Credencial ID (Green Card).
Para las personas extranjeras se requiere cualquiera de las siguientes opciones:
- Visa diplomática / visa de servicios vigente.
- Forma de calidad migratoria:
- FM-2: documento único para inmigrantes o inmigrados.
- FM-3: documento para no inmigrantes (estudiantes, trabajadores, etc.).
- Forma Migratoria Múltiple (FMM): visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, visitante con permiso para realizar actividades remuneradas y visitante por razones humanitarias hasta por 180 días.
- Tarjetas de visitante y de residente.
- Tarjeta de visitante regional (vigencia cinco años).
- Tarjeta de visitante trabajador fronterizo (vigencia de un año sin posibilidad de renovación).
- Tarjeta de visitante por razones humanitarias (vigencia de un año y podrá ser renovada).
- Tarjeta de visitante con fines de adopción (vigencia de un año y podrá ser renovada).
- Tarjeta de residente temporal (vigencia de uno, dos, tres o cuatro años y podrá ser renovada hasta completar los cuatro).
- Tarjeta de residente temporal estudiante (un año y podrá ser renovada).
- Tarjeta de residente permanente (vigencia indefinida).
- Documento provisional: la vigencia del documento provisional es de 180 días naturales, con posibilidad de renovarse hasta la conclusión de las diligencias correspondientes.
- Se aceptan también credenciales de identificación diplomática de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
- Identificación de usuarios extranjeros que viajan en cruceros turísticos.
- Para los usuarios de nacionalidad extranjera que viajan en cruceros turísticos se pueden aceptar los siguientes documentos, junto con la tarjeta que lo acredite como viajero de crucero.
- Para las personas nacidas en los Estados Unidos: licencia de conducir.
- Para las personas residentes en los Estados Unidos: licencia de conducir o credencial ID (Green Card).
Nota: En caso de que el usuario sea de nacionalidad extranjera distinta a los Estados Unidos se le deberá requerir como identificación el documento equivalente a los mencionados anteriormente.
Comprobante de domicilio
Presenta cualquiera de los siguientes comprobantes de domicilio. (Únicamente cuando el domicilio manifestado en la solicitud del producto o servicio contratado no coincida con el de la identificación o cuando ésta no contenga domicilio).
- Recibo de energía eléctrica.
- Recibo del servicio telefónico (excepto telefonía celular).
- Recibo de derechos por suministro de agua potable.
- Recibo del servicio de gas natural (de las compañías de servicios existentes y autorizados).
- Comprobante de impuesto predial.
- Contrato de arrendamiento registrado ante la autoridad fiscal.
- Servicios domiciliarios de televisión por cable o vía satelital.
- (1)Estado de cuenta bancario.
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
Notas:
La fecha de expedición de los documentos antes mencionados no deberá ser mayor a tres meses a la fecha de su presentación, con excepción de las boletas de predial y agua con pago anual, las cuales deberán ser del mismo año en que se apertura la cuenta.
Los comprobantes deben estar expedidos por las compañías de servicios existentes y autorizados en el estado.
(1) El Estado de Cuenta Bancario se acepta como comprobante de domicilio solo a Personas Morales del segmento Empresarial, Banca Corporativa y Banca de Gobierno, siempre y cuando se complemente con una Visita Ocular para verificar la existencia del domicilio.