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Recomendaciones

Para que puedas recibir la ayuda y el servicio en forma oportuna, te sugerimos seguir las siguientes instrucciones:

En caso de sufrir algún accidente, toma las precauciones adecuadas para ponerte a salvo y reducir la posibilidad de otro siniestro. Al mismo tiempo considera lo siguiente:

a) Anota los números de placas de los automóviles involucrados en el accidente.
b) Anota los nombres y números de las licencias del dueño o conductor del otro u otros vehículos.
c)Anota el nombre y dirección de los testigos del accidente. Esto es importante para ti, especialmente si surge alguna acusación por responsabilidad penal.
d) Recuerda la posición de los vehículos, antes y después del accidente, para que puedas dibujar un croquis.
e) Toma las medidas necesarias para que se detenga al responsable del accidente, y que reconozca su responsabilidad al fin de poder exigirle el pago.
f) No aceptes responsabilidad, ni hagas oferta o promesa de pago. Deja el asunto en manos de nuestros ajustadores o de la compañía.

  • Lleva siempre al conducir, tu licencia o permiso de manejo vigente, tarjeta de circulación y original o copia de tu póliza del seguro.
  • Colabora con el ajustador y permite que él se haga cargo del siniestro. No ordenes la reparación del vehículo por tu cuenta.
  • De ser posible, no abandones el vehículo siniestrado en el lugar del accidente.
  • Colabora con nuestra compañía para gestionar la defensa o el arreglo de cualquier reclamación, así como para llevar a cabo las gestiones necesarias para la liberación del vehículo, cuando éste haya sido detenido por las autoridades.

En caso de que el ajustador aún no se presente e intervenga Tránsito (o cualquier autoridad competente):

  • Evita llegar a cualquier arreglo con conductores de otros vehículos e insiste en esperar al ajustador.
  • En caso de que seas trasladado a alguna Delegación, llama a nuestra compañía para informar en dónde te encontrarás para que el ajustador acuda a ese lugar y te pueda acompañar, de ser necesario, ante las autoridades correspondientes a levantar el acta de los hechos.
  • Cabe aclarar que de no levantar el acta ante el Ministerio Público, la compañía se reservará el derecho de amparar los daños hasta no contar con tu colaboración al respecto.
  • No deberás agravar el riesgo ni actuar con negligencia, para evitar, de esta forma, que la compañía disminuya en la misma proporción el importe de la indemnización.