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Zona Restringida

Seguridad al adquirir inmuebles en la zona restringida en México (playas y fronteras).

Zona Restringida

Beneficios

  • Permite la designación de beneficiarios sustitutos.
  • Permite el uso, goce a un extranjero de la titularidad de un inmueble situado en zona restringida a través del Fiduciario (50 años prorrogables), cuando sea para fines residenciales.

Descripción

  • Fideicomiso por medio del cual se permite a los extranjeros el uso y goce de un inmueble en la denominada "Zona Restringida" (faja de 100 kilómetros a lo largo de la frontera y 50 kilómetros a lo largo de la playa) para uso residencial, asegurando al extranjero todos los derechos y privilegios de posesión.
  • Se requiere permiso de la Secretaria de Relaciones Exteriores.
  • El fideicomiso se inscribe en el Registro Público de la Propiedad y en el Registro Nacional de Inversión Extranjera.

Preguntas Frecuentes

Te presentamos la siguiente información esperando resolver tus dudas.

¿Quién puede adquirir un inmueble a través de un fideicomiso de zona restringida?

Únicamente personas físicas extranjeras.

¿Qué tipo de inmuebles se pueden aportar al fideicomiso?

Inmuebles residenciales de uso habitacional ubicados en las fronteras y en las playas.

¿Cómo se realiza la venta de un inmueble aportado a un fideicomiso de zona restringida?

Si el adquirente es extranjero se realiza vía cesión de derechos adquiriendo el nuevo beneficiario el derecho de uso y goce del inmueble. Si el adquirente es mexicano se transmite la propiedad del inmueble, por instrucciones del extranjero y se extingue el fideicomiso.

Cómo Obtenerlo

Estamos para ayudarte.

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Viernes de 9:00 a 19:00 horas
(horario de CDMX)

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